Somos un centro privado de conciliación, mediación y arbitraje, creado con la finalidad de que las personas puedan solucionar sus contingencias a través del diálogo, sin acudir a un proceso judicial.

Nuestro objetivo es aplicar diversos mecanismos de resolución alterna de conflictos para resolver pugnas patrimoniales, organizacionales o relacionales, siempre en la búsqueda de la paz social.

Estamos certificados ante la Dirección Nacional de Resolución Alterna de Conflictos (DINARAC) del Ministerio de Justicia y Paz , así como ante la Dirección de Asuntos Laborales (DAL) del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

¿Qué es la Resolución Alterna de Conflictos?

La Resolución Alterna de Conflictos (RAC) es el término utilizado para definir un conjunto de métodos y técnicas que tienen como objetivo la resolución de conflictos sin confrontación (peleas) y que incluyen la mediación, la negociación, el arbitraje, entre otros. En Costa Rica, estos procesos se regulan por la Ley Sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social (Ley No 7727).

Es un mecanismo de RAC en donde las partes, a través de un diálogo dirigido por un Mediador, procuran llegar a un acuerdo pacífico, duradero, voluntario y amigable. Este proceso se ha convertido en una alternativa viable para que las personas no acudan a los procesos Judiciales y solucionen sus contingencias a través del diálogo y la comunicación, asistidos por un Mediador.

Es ser un tercero neutral e imparcial, que valida que las partes asistan voluntariamente al proceso y facilita el espacio de diálogo y la comunicación. El Mediador no tiene intereses directos en la disputa o en relación con sus resultados; es decir, tiene el control del proceso pero no de sus resultados, ya que el mediador no impone su voluntad ante las partes.

De conformidad con lo que establece el artículo 9 de la ley N° 7727, si dentro de un proceso de mediación las partes llegan a un acuerdo, el mismo tendrá el valor legal de Cosa Juzgada Material y será ejecutorio de forma inmediata. Lo anterior se traduce a que tienen el mismo valor legal que una sentencia judicial en firme.

El proceso de mediación en nuestro Centro RAC se compone de 2 fases:
  • Filtro de la mediación: Etapa previa donde se les explica a las partes los aspectos generales de mediación, además se valora el tema de admisibilidad y conciliabilidad de los casos.
  • Sesión de mediación: Es la etapa posterior al filtro, donde las partes entran a ver el fondo del asunto.

¿QUÉ ES UNA MEDiACiÓN ViRTUAL?

La mediación virtual o también conocida como ODR (Online Dispute Resolution por sus siglas en inglés) consiste en llevar a cabo los procesos de mediación utilizando plataformas digitales o en el ciberespacio.

Su objetivo es aprovechar los avances tecnológicos que se han generado en los últimos tiempos para poder acercar a las partes sin que tengan que estar en el mismo espacio físico.

Su crecimiento exponencial se debe, entre otros, a:

  • La naturaleza descentralizada de la información en línea y su acceso universal las 24 horas al día.
  • Papel predominante del internet en las transacciones comerciales y financieras.

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TRAC
San José, Sabana Norte. De la Funeraria Polini, 200 metros al este y 100 metros al norte. Encuéntranos en Waze como “Centro de Conciliación y Mediación TRAC”.

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(506) 4033-5624

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